Artículo 263 lesiones físicas graves
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(Adoptada en la Segunda Sesión de la Quinta Asamblea Popular Nacional el 1 de julio de 1979; revisada en la Quinta Sesión de la Octava Asamblea Popular Nacional el 14 de marzo de 1997 y promulgada por la Orden No.83 del Presidente de la República Popular China el 14 de marzo de 1997)
Artículo 1 Con el fin de castigar los delitos y proteger al pueblo, esta Ley se promulga sobre la base de la Constitución y a la luz de las experiencias concretas y las circunstancias reales en la lucha de China contra los delitos.
Artículo 2 El objetivo de la Ley Penal de la República Popular China es utilizar las sanciones penales para luchar contra todos los actos delictivos con el fin de salvaguardar la seguridad del Estado, defender el poder estatal de la dictadura democrática del pueblo y el sistema socialista, proteger la propiedad del Estado y la propiedad colectiva del pueblo trabajador y la propiedad privada de los ciudadanos, proteger los derechos de la persona de los ciudadanos y sus derechos democráticos y de otra índole, mantener el orden público y económico y asegurar el buen progreso de la construcción socialista.
Artículo 265 lesiones físicas menos graves
(2) “Lesión corporal grave”: la lesión corporal que provoca un riesgo sustancial de muerte o que causa una desfiguración grave y permanente o la pérdida prolongada o el deterioro de la función de un miembro u órgano del cuerpo.
(4) Por “lesión corporal moderada” se entiende la lesión física que implique una pérdida prolongada de la conciencia o que cause una desfiguración temporal o moderada o una pérdida temporal de la función de un miembro u órgano del cuerpo o una lesión que requiera tratamiento médico cuando el tratamiento requiera el uso de anestesia regional o general o una lesión que produzca una fractura o dislocación. Las lesiones corporales moderadas no incluyen el tratamiento único y la observación posterior de arañazos, cortes, abrasiones, hematomas, quemaduras, astillas o cualquier otra lesión menor que no requiera normalmente una atención médica extensa.
(5) La “condena previa por violencia doméstica” incluye la condena por cualquier delito, en cualquier estado, que contenga entre sus elementos los enumerados en el artículo 16-25-20(A), o que sean sustancialmente similares a los enumerados en dicho artículo, y que se haya cometido contra un miembro del hogar, tal como se define en el punto (3), en los diez años anteriores a la fecha del incidente del delito actual.
Lesiones físicas graves Pena de muerte
Artículo 2. Aplicación de sus disposiciones. – 1. Salvo lo dispuesto en los tratados y leyes de aplicación preferente, las disposiciones de este Código se aplicarán no sólo dentro del Archipiélago Filipino, incluyendo su atmósfera, sus aguas interiores y su zona marítima, sino también fuera de su jurisdicción, contra quienes:
2. Por cualquier persona que realice un acto que constituiría un delito contra las personas o los bienes, si no fuera por la imposibilidad inherente de su realización o por el empleo de medios inadecuados o ineficaces.
Artículo 5. Deber del tribunal en relación con los actos que deben ser reprimidos pero que no están contemplados en la ley, y en los casos de penas excesivas. – Siempre que un tribunal tenga conocimiento de algún acto que considere oportuno reprimir y que no esté penado por la ley, dictará la resolución correspondiente, e informará al Jefe del Ejecutivo, a través del Departamento de Justicia, de las razones que le lleven a creer que dicho acto debe ser objeto de legislación.
Artículo 263 del Código Penal revisado
Art. 1.02. OBJETIVOS DEL CÓDIGO. Los objetivos generales de este código son establecer un sistema de prohibiciones, penas y medidas correctivas para hacer frente a las conductas que injustificada e inexcusablemente causen o amenacen con dañar aquellos intereses individuales o públicos para los que sea conveniente la protección del Estado. Con este fin, las disposiciones de este código pretenden, y serán interpretadas, para lograr los siguientes objetivos:(1) asegurar la seguridad pública a través de: (A) la influencia disuasoria de las penas que se establecen a continuación;(B) la rehabilitación de los condenados por violaciones de este código; y(C) el castigo que sea necesario para evitar la probable repetición de la conducta delictiva;(2) mediante la definición y la clasificación de los delitos, dar una advertencia justa de lo que está prohibido y de las consecuencias de la violación;(3) prescribir penas que sean proporcionales a la gravedad de los delitos y que permitan reconocer las diferencias en las posibilidades de rehabilitación entre los delincuentes individuales; (4) salvaguardar las conductas no culpables para que no sean condenadas como delitos;(5) orientar y limitar el ejercicio de la discrecionalidad oficial en la aplicación de la ley para evitar el trato arbitrario u opresivo de las personas sospechosas, acusadas o condenadas por delitos; y(6) definir el alcance del interés estatal en la aplicación de la ley contra delitos específicos y sistematizar el ejercicio de la jurisdicción penal estatal.