Agresión simple nc
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Art. 53-20. Crueldad contra las personas. (a)(1) Toda persona que intencionalmente torture, atormente o castigue cruel o ilegalmente a otra persona o que intencionalmente prive a otra persona de los alimentos necesarios, la ropa, el refugio o el cuidado físico adecuado será culpable de un delito grave de clase D.
(2) Cualquier persona que, con negligencia criminal, prive a otra persona de los alimentos necesarios, ropa, refugio o cuidado físico adecuado será multada con no más de quinientos dólares o encarcelada con no más de un año, o ambos.
(b) (1) Cualquier persona que, teniendo el control y la custodia de cualquier niño menor de diecinueve años, en cualquier capacidad, intencionalmente maltrate, torture, trabaje en exceso o castigue cruelmente o ilegalmente a dicho niño o intencionalmente lo prive de la alimentación, vestimenta o refugio necesarios, será culpable de un delito grave de clase D.
(2) Cualquier persona que, teniendo el control y la custodia de cualquier niño menor de diecinueve años, en cualquier capacidad, con negligencia criminal, prive a dicho niño de la alimentación, ropa o refugio necesarios, será multado con no más de quinientos dólares o encarcelado con no más de un año, o ambos.
Cargo de agresión simple por primera vez
18-1501. Lesiones a niños. (1) Toda persona que, en circunstancias o condiciones que probablemente produzcan un gran daño corporal o la muerte, provoque o permita intencionadamente que un niño sufra, o le inflija un dolor físico o un sufrimiento mental injustificable, o que teniendo el cuidado o la custodia de un niño, provoque o permita intencionadamente que se dañe la persona o la salud de dicho niño, o cause o permita intencionadamente que dicho niño sea colocado en una situación tal que su persona o su salud corran peligro, será castigado con una pena de prisión en la cárcel del condado que no exceda de un (1) año, o en la prisión estatal por un período no inferior a un (1) año ni superior a diez (10) años.
(2) Toda persona que, en circunstancias o condiciones distintas de las que puedan producir un gran daño corporal o la muerte, haga o permita intencionadamente que un niño sufra, o le inflija un dolor físico o un sufrimiento mental injustificables, o que, teniendo el cuidado o la custodia de un niño, haga o permita intencionadamente que se dañe la persona o la salud de dicho niño, o haga o permita intencionadamente que dicho niño sea colocado en una situación tal que su persona o su salud puedan estar en peligro, es culpable de un delito menor.
Delito menor de agresión simple
Un OWI con una lesión (un OWI que causa daño corporal) conlleva una pena de multas de hasta $2,000 y hasta un año de prisión. Y, Wisconsin ha puesto en vigor una nueva ley que requiere tiempo de cárcel para OWI que lleva a la lesión, si es condenado.
Un OWI en sí mismo no es una broma. Usted se enfrentará a tiempo de cárcel, miles de dólares de multas, revocación de la licencia, los aumentos de las tasas de seguros, y un registro de antecedentes penales. ¿Y si su conducción en estado de ebriedad causa una lesión o tiene otro cargo adicional? Las penas son mucho peores. Un OWI causando lesiones es siempre un cargo criminal en Wisconsin, y no uno ligero.
Nuestros abogados de defensa criminal han negociado múltiples delitos graves hasta convertirlos en delitos menores, multas no penales y la desestimación total de los cargos. A través de la negociación o el juicio con jurado, nuestros abogados de defensa penal de Wisconsin representan fielmente sus intereses al máximo bajo la ley penal. Grieve Law LLC tiene los abogados de armas de fuego, defensa penal, drogas y DUI en Waukesha y Milwaukee que las áreas circundantes confían para obtener resultados poderosos.
¿Es la agresión un delito grave o un delito leve?
Atropellar y huir es el acto de causar o ser parte de un accidente de tráfico, ya sea con una persona o un objeto, y no permanecer en la escena para identificarse es un delito en la mayoría de las jurisdicciones. Abandonar la escena de un accidente de auto o Hit and Run es un asunto muy serio en el estado de Louisiana.
En primer lugar, si usted está en un accidente, no deje la escena. Pero, si usted siente que debe dejar la escena por razones de seguridad personal, deténgase en el primer lugar más cercano que le parezca seguro. Llame inmediatamente a la policía desde ese lugar.
Lo que constituye el delito de atropello varía de un estado a otro. En Luisiana, después de un accidente, todas las partes implicadas deben seguir ciertos pasos; en primer lugar, todas y cada una de las personas implicadas en un accidente de tráfico deben identificarse, intercambiar información de contacto e información de la póliza de seguro con todas las partes implicadas en el accidente.
Si el accidente implica grandes daños corporales o la muerte, nadie puede abandonar el lugar antes de que lleguen las fuerzas del orden, excepto en una ambulancia para recibir atención médica urgente. Si el accidente sólo implica daños menores y/o lesiones leves y todos están de acuerdo en quién es el culpable, las personas implicadas pueden intercambiar información, llamar a sus aseguradoras desde el lugar y son libres de marcharse. A continuación, hay que rellenar y presentar un formulario SR_22 del Departamento de Seguridad Pública de Luisiana.